Cartas descriptivas de los procesos

Los procesos ante el Notario según el Dcto/Ley 960 de 1970 Artículo 3°

1. Recibir, extender y autorizar las declaraciones que conforme a las leyes requieran escritura pública y aquellas a las cuales los interesados quieran revestir de esta solemnidad. 

2. Autorizar el reconocimiento espontáneo de documentos privados. 

3. Dar testimonio de la autenticidad de firmas de funcionarios o particulares y de otros Notarios que las tengan registradas ante ellos. 

4. Dar fe de la correspondencia o identidad que exista entre un documento que tenga a la vista y su copia mecánica o literal. 

5. Acreditar la existencia de las personas naturales y expedir la correspondiente fe de vida. 

6. Recibir y guardar dentro del protocolo los documentos o actuaciones que la Ley o el Juez ordenen protocolizar o que los interesados quieran proteger de esta manera. 

7. Expedir copias o certificaciones, según el caso, de los documentos que reposen en sus archivos. 

8. Dar testimonio escrito con fines jurídico – probatorio de los hechos percibidos por ellos dentro del ejercicio de sus funciones y de que no haya quedado dato formal en sus archivos. 

9. Intervenir en el otorgamiento, extensión y autorización de los testamentos solemnes que conforme a la Ley civil deban otorgarse ante ellos. 

10. Practicar apertura y publicación de los testamentos cerrados. 

11. Llevar el registro del estado civil de las personas en los casos, por los sistemas y con las formalidades prescritas en la Ley. 

12. Presentar oportunamente los diferentes informes requeridos.

13. Asegurar el recaudo y consignación oportuna de impuestos y retefuente.

14. Las demás funciones que les señalen las leyes

La Escrituración

  1. Elaborar las minutas de las escrituras.
  2. Realizar el control de legalidad y verificación de cumplimiento de todos los requisitos previos a la firma de las escrituras, especialmente en lo relacionado con los certificados de paz y salvo, prueba de la representación y demás documentos necesarios para la autorización de cada una de las escrituras e informar al Notario, de las deficiencias, omisiones e irregularidades que advierta.
  3. Archivar las escrituras, previa verificación de estar completos todos los soportes y comprobantes fiscales y prueba de la representación legal de los intervinientes.
  4. Cargar, firmar y subir los poderes a la plataforma del VUR.
  5. Enviar informes sobre operaciones sospechosas de lavado de activos y operaciones notariales.
  6. Realizar protocolo de cierre de los Tomos o notas de clausura antes del empaste.
  7. Realizar certificados para otras notarias.
  8. Expedir certificados de cancelación de hipoteca.
  9. Solicitudes de concepto para divorcio al ICBF y de la DIAN para las sucesiones.
  10. Realizar Edictos sobre matrimonios, sucesiones y constitución de patrimonio.
  11. Elaborar las notas marginales de expedición de copias, cancelación de gravámenes, escrituras de aclaración y modificación de escrituras, y tramitar la firma de las mismas por el Notario.
  12. Realizar seguimiento al reparto de escrituras en la Oficina de registro..
  13. Administrar el correo institucional.
  14. Colaborar con los Auxiliares Administrativos de Autenticación, foliación, copias y declaraciones.

Registro civil, declaraciones, biometrías y otros

  1. Prestar diariamente atención al público en lo relativo al Registro Civil, autenticaciones, biométrico y Declaraciones.
  2. Contribuir al control de legalidad y verificación de cumplimiento de todos los requisitos previos a la firma del Notario en actas de autenticación, declaraciones, informes, escrituras y demás documentos o certificados que sean gestionados en la Notaría.
  3. Realizar las notas marginales en los libros correspondientes.
  4. Llevar el archivo correspondiente a la gestión adelantada.
  5. preparar y enviar de manera oportuna los informes a la Registraduría Municipal y Nacional; a los Coordinadores, al ICBF y los que sean requeridos para la buena gestión de la Notaría.


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